La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba ha condenado a 10 años de prisión al marroquí K.A., de 47 años, al considerarlo «culpable» de un delito de homicidio por apuñalar a un compañero de la casa de Cáritas de Pozoblanco en 2006.
De conformidad con el veredicto unánime del jurado, la sentencia, facilitada a ABC por el letrado de la acusación particular Francisco Jiménez, considera probado que sobre las 23 horas del día 16 de agosto de 2006, el acusado K.A., de nacionalidad marroquí, se encontraba en una casa de Cáritas en Pozoblanco, junto a tres compañeros de nacionalidad georgiana, cuando se produjo una fuerte discusión entre ellos por el alquiler de una vivienda. La víctima salió con sus compatriotas a la calle para calmar los ánimos mientras el acusado se quedó solo en la casa.
Según el fallo, pasados veinte minutos, la víctima volvió a entrar a la casa y acto seguido fue apuñalado en el pecho con un objeto inciso-punzante, tipo cuchillo o navaja, por el acusado, causándole la muerte de modo casi instantáneo por taponamiento cardíaco. Antes de fallecer, según sus compañeros, se pudo oírle decir «creo que el hijo de puta me ha herido con algo» cayendo a continuación en la calzada y golpeándose violentamente en la cara contra el bordillo.
Acto seguido, fue llevado por sus compañeros al centro de salud donde nada pudo hacerse por su vida. Unos 45 minutos después la Guardia Civil acudió a la casa de Cáritas donde encontraron al acusado encerrado en su habitación, y con sus enseres preparados en una mochila para salir huyendo. Al ser detenido dijo «yo no he matado a nadie, lo único que he hecho es defenderme».
Según la sentencia, «existe prueba de cargo suficiente para considerar probado tal delito, constituida por las declaraciones de los compañeros que vieron cómo la víctima entraba en la casa y acto seguido salía de ella herido de mortal necesidad». Este hecho resulta «determinante» para concluir que el acusado, y no otra persona, fue quien apuñaló a la víctima, ya que no perdieron de vista la puerta de la casa en ningún momento. El fallo reconoce que, aunque no existen pruebas directas, las declaraciones prestadas por la Guardia Civil y el informe de la autopsia indican, de manera racional, que quien realizó la agresión homicida fue el acusado.
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